Julio Rodriguez López
La proximidad de las elecciones generales y la necesidad de elaborar programas electorales más o menos visibles por parte de los partidos políticos concurrentes obligan a tener en cuenta aspectos políticos importantes un tanto dejados de lado. En lo económico resulta evidente que el elevado desempleo existente en España, el nivel de deuda pública y de déficit, junto a la “prima de riesgo” y las cotizaciones bursátiles ocupan el primer plano de actualidad.
Entre los temas postergados destaca la vuelta a la actualidad de algunos componentes de la política de vivienda, aunque el conjunto de la misma no sea objeto de referencia alguna. El Ministerio de Fomento ha anunciado la aprobación de un reglamento de la ley de suelo estatal de 2007 en octubre de 2011, más de cuatro años después de su aprobación por el Congreso de los Diputados. Vale aquí lo de “más vale tarde que nunca”, pero no hace falta ser un lince para anticiparle una corta vida a dicho reglamento, que regula concretamente el justiprecio de un solar expropiado.
La citada ley de suelo, que se refiere a las pocas competencias estatales en materia de suelo, pretendía racionalizar algo tan poco exportable como el urbanismo practicado en España. Solo la autonomía de Aragón ha cumplido el precepto previsto en la ley de adaptar la correspondiente ley autonómica al contenido de dicha ley. La incidencia de la ley del suelo socialista, ha sido, pues, limitada y todo indica que la suprimirá el PP a las primeras de cambio, de cumplirse los vaticinios el próximo 20N.
Junto al reglamento de la ley del suelo se habla de la posible eliminación de una de las ayudas más directas para el acceso a la vivienda en alquiler. El Real Decreto Ley 1477/2007, BOE de 7.11.2007, estableció la denominada “Renta Básica de Emancipación” (RBE), consistente en abonar 210 euros mensuales a las personas que vivan de alquiler con ingresos anuales inferiores a 22.000 euros (1.833 euros/mes) y con edades comprendidas entre 22 y 30 años. Dicha ayuda, que se complementa con 120 euros para los gastos de aval y con un prestamo reintegrable de 600 euros a emplear para la fianza, se abona durante un plazo máximo de cuatro años. Tales ayudas las aporta el gobierno de España y la distribuyen las comunidades autónomas. Hasta la fecha, unas 290.000 personas se han beneficiado de las mismas, que la han “lucido” políticamente más las autonomías que la Administración General del Estado.
En la Disposición Adicional 1ª del Real Decreto citado se estableció un plazo de implantación de la RBE de cuatro años, al final del cual el gobierno de España evaluaría los resultados de la aplicación de la medida para su mantenimiento, reforma o eliminación. El plazo citado termina el 1º de enero de 2012.
La última Encuesta de Condiciones de Vida del INE de 2010, indica que solo el 11,8% de los hogares españoles residía en viviendas de alquiler. Las autonomías con mayor presencia del alquiler eran las de Baleares (19,1%), Cataluña (18,2%) y Madrid (16,8%). La menor proporción de hogares residiendo en viviendas de alquiler la tenían el País Vasco (7,7), Valencia (7,5%) y Extremadura (7,4%). Desde 2007, tras el inicio de la crisis, se ha observado un gradual aumento de los hogares que viven de alquiler, superando el 11,4% del Censo de Viviendas de 2001
No es positiva una proporción tan reducida de hogares en alquiler. Supone una rigidización excesiva en numerosos terrenos sociales, en especial en cuanto a menor flexibilidad del mercado de trabajo. España sigue siendo el país de Europa Occidental con la menor proporción de viviendas de alquiler, en claro contraste, por ejemplo, con Alemania, donde dicha proporción es del 50%. Dicho país no ha sufrido la burbuja inmobiliaria y no se puede decir que le vaya mal en lo económico.
Una persona con ingresos de 22.000 euros al año, de pretender acceder a una vivienda en propiedad al precio de mercado (156.080 euros), necesita disponer de un pago de entrada del 20% de dicho precio (31.216 euros) De encontrar financiación crediticia, tendria que destinar el 42% de sus ingresos al pago de la cuota del prestamo a 25 años. Con los mismos ingresos, gracias a la RBE, se podría acceder a una vivienda con una renta de 650 euros/mes con un esfuerzo del 24% de sus ingresos durante cuatro años, sin pago de entrada.
Si se pretende reforzar el alquiler en el mercado de vivienda, deberá mantenerse entre las actuaciones a la RBE en la coyuntura actual. Con un millón de viviendas sin vender, cuando los nuevos hogares no pueden acceder en mucho tiempo a la vivienda en propiedad, no hay alternativas a la ayuda directa a los arrendatarios de bajos ingresos. La OCDE (“The role of structural policies in housing markets”, 2010) señala que “numerosos países tienen alguna forma de ayuda al acceso al alquiler privado”, lo que es coherente con el objetivo supuestamente perseguido de fomentar el alquiler.
(El Siglo 31.10.2011)